Qué es la facturación electrónica (e-CF), en una frase
Es la forma nueva de facturar en República Dominicana: cada factura es un comprobante fiscal electrónico (e-CF), un archivo firmado digitalmente que se envía a la DGII en el momento de emitirlo, para que no se pueda alterar ni desaparecer después. Eso es todo el concepto.
La Ley 32-23 y la DGII
La Ley 32-23 de Facturación Electrónica (mayo de 2023) es la norma que lo establece, y la DGII (Dirección General de Impuestos Internos) es quien la aplica. El objetivo es sencillo: que ningún comprobante se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro. Para eso, el e-CF sustituye a la factura en papel y a los NCF tradicionales, y cada emisión pasa por la DGII al momento.
Un punto importante para que nadie le venda humo: nosotros no somos la DGII ni un software certificado por ella. Nuestro trabajo es gestionarle el proceso completo, y cada comprobante se envía a la DGII al momento, a través de un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado por la DGII. La certificación y la relación técnica con la DGII las lleva ese proveedor autorizado, no AsesoríasTech.
¿A quién afecta? A casi todos
A toda persona o empresa que emita facturas en República Dominicana con RNC: profesionales liberales, colmados, talleres, consultas, pymes, grandes empresas. Si usted factura, le afecta. Da igual que hoy use un software caro, una plantilla de Excel o un talonario: cuando le llegue su fecha, la emisión tiene que ser electrónica.
El calendario real (con la prórroga incluida)
Aquí hay confusión, y con razón: hasta la página de calendario de la DGII ha mostrado fechas desactualizadas. Este es el cuadro real:
| Quién | Fecha de obligatoriedad | Situación |
|---|---|---|
| Grandes contribuyentes | 2024 | Ya obligados |
| Grandes locales y medianos | 2025 | Ya obligados |
| Micro, pequeños y no clasificados | 15 de noviembre de 2026 | Fecha vigente tras la prórroga de mayo de 2026 |
La fecha original para micro y pequeños era el 15 de mayo de 2026. En mayo de 2026 la DGII concedió una prórroga de 6 meses, hasta el 15 de noviembre de 2026. Esa es la fecha vigente hoy. ¿Podría moverse otra vez? No se puede descartar, pero tampoco es un plan: gremios ya pidieron más plazo y la DGII respondió que la ley no permite otra prórroga en este ciclo. Trabajar contando con un nuevo aplazamiento es apostar su negocio a una carta.
Quién certifica: los proveedores autorizados
Para emitir e-CF hacen falta dos cosas. Primero, que su RNC se certifique como emisor electrónico ante la DGII (un trámite de varias fases que tarda de 2 a 6 semanas). Segundo, emitir a través de un sistema válido: o un software de la lista oficial de proveedores de servicios de facturación electrónica autorizados por la DGII, o el Facturador Gratuito de la propia DGII.
Nosotros no estamos en esa lista ni tenemos por qué estarlo: no somos el software, somos quien le gestiona todo el proceso sobre un proveedor autorizado. Si quiere saber si el programa con el que factura hoy está autorizado, compruébelo aquí en un segundo.
El Facturador Gratuito de la DGII y sus límites
La DGII ofrece un Facturador Gratuito y no se lo vamos a ocultar: para un negocio que emite muy pocos comprobantes, puede ser suficiente. Sus límites reales: tope de 150 e-CF al mes, operación manual (usted digita cada comprobante) y sin soporte ni acompañamiento. Y el detalle que casi nadie cuenta: el Facturador Gratuito no le resuelve la certificación como emisor electrónico; ese trámite lo pelea usted igual. Tenemos un análisis honesto completo en Facturador Gratuito DGII: para quién sirve y cuándo se queda corto.
Qué pasa si no cumple
La Ley 32-23 prevé multas y sanciones para quien no cumpla, incluida la inactivación de comprobantes. No le vamos a poner aquí una cifra exacta porque las fuentes públicas no coinciden y preferimos no inventar números. Con lo que sí es seguro alcanza para tomárselo en serio: un comprobante emitido fuera del sistema pierde validez fiscal, y eso significa que su cliente no puede deducir el ITBIS de lo que usted le facture. Ese costo comercial llega mucho antes que cualquier multa: el cliente empresarial que no puede deducir, deja de comprarle.
Los 3 caminos
- No hacer nada. Hasta el 15 de noviembre no pasa nada... y después sí: comprobantes sin validez fiscal, clientes que no deducen ITBIS y exposición a sanciones. No es un camino, es una cuenta regresiva.
- Hacérselo usted. Se puede: certificado digital, postulación en la Oficina Virtual, comprobantes de prueba, aprobación, y luego operar el Facturador Gratuito o contratar un software autorizado. Cuente semanas de trámite y horas suyas peleando con cada fase.
- Que se lo dejen resuelto. Nuestro camino: le gestionamos la certificación completa de la mano, montamos el sistema y usted solo factura. En 2 a 6 semanas queda facturando en regla, según los plazos de la DGII.
El error de esperar a octubre
El trámite de certificación tarda de 2 a 6 semanas por RNC y no depende solo de usted: los plazos de aprobación los pone la DGII. Si medio país deja el trámite para octubre, esas semanas se estiran. Por eso lo decimos claro: su fecha límite real es el 1 de octubre, no el 15 de noviembre. Quien empiece antes, cumple con calma; quien espere, hará fila.
Entonces, ¿qué hago?
Primero, sepa dónde está parado: ¿su RNC ya está certificado como emisor electrónico? ¿Con qué factura hoy y ese sistema está autorizado? Eso es exactamente lo que le decimos en la Radiografía gratis, sin compromiso. Y si quiere que se lo dejemos resuelto, cada comprobante se envía a la DGII al momento, a través de un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado por la DGII y usted sigue con su negocio.
Si prefiere estudiarlo con calma, descargue la Guía Facturación Electrónica DGII 2026 (gratis): qué hacer antes del 15 de noviembre, paso a paso.