Saltar al contenido
AsesoríasTech
Guía e-CF República Dominicana

Facturación electrónica DGII: qué es y por qué le afecta (explicado sin líos)

La facturación electrónica es la forma en la que la DGII exige emitir las facturas en República Dominicana: cada comprobante fiscal electrónico (e-CF) se firma digitalmente y se envía a la DGII al momento de emitirlo. Para los negocios micro, pequeños y no clasificados es obligatoria antes del 15 de noviembre de 2026 (fecha vigente tras la prórroga concedida por la DGII en mayo de 2026; podría modificarse de nuevo). Las grandes y medianas ya están obligadas desde 2024-2025.

🔎 ¿Su facturador está autorizado por la DGII? Busque el software con el que factura hoy y le decimos si está en la lista oficial y qué hacer.

Qué es la facturación electrónica (e-CF), en una frase

Es la forma nueva de facturar en República Dominicana: cada factura es un comprobante fiscal electrónico (e-CF), un archivo firmado digitalmente que se envía a la DGII en el momento de emitirlo, para que no se pueda alterar ni desaparecer después. Eso es todo el concepto.

La Ley 32-23 y la DGII

La Ley 32-23 de Facturación Electrónica (mayo de 2023) es la norma que lo establece, y la DGII (Dirección General de Impuestos Internos) es quien la aplica. El objetivo es sencillo: que ningún comprobante se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro. Para eso, el e-CF sustituye a la factura en papel y a los NCF tradicionales, y cada emisión pasa por la DGII al momento.

Un punto importante para que nadie le venda humo: nosotros no somos la DGII ni un software certificado por ella. Nuestro trabajo es gestionarle el proceso completo, y cada comprobante se envía a la DGII al momento, a través de un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado por la DGII. La certificación y la relación técnica con la DGII las lleva ese proveedor autorizado, no AsesoríasTech.

¿A quién afecta? A casi todos

A toda persona o empresa que emita facturas en República Dominicana con RNC: profesionales liberales, colmados, talleres, consultas, pymes, grandes empresas. Si usted factura, le afecta. Da igual que hoy use un software caro, una plantilla de Excel o un talonario: cuando le llegue su fecha, la emisión tiene que ser electrónica.

El calendario real (con la prórroga incluida)

Aquí hay confusión, y con razón: hasta la página de calendario de la DGII ha mostrado fechas desactualizadas. Este es el cuadro real:

Quién Fecha de obligatoriedad Situación
Grandes contribuyentes 2024 Ya obligados
Grandes locales y medianos 2025 Ya obligados
Micro, pequeños y no clasificados 15 de noviembre de 2026 Fecha vigente tras la prórroga de mayo de 2026

La fecha original para micro y pequeños era el 15 de mayo de 2026. En mayo de 2026 la DGII concedió una prórroga de 6 meses, hasta el 15 de noviembre de 2026. Esa es la fecha vigente hoy. ¿Podría moverse otra vez? No se puede descartar, pero tampoco es un plan: gremios ya pidieron más plazo y la DGII respondió que la ley no permite otra prórroga en este ciclo. Trabajar contando con un nuevo aplazamiento es apostar su negocio a una carta.

Quién certifica: los proveedores autorizados

Para emitir e-CF hacen falta dos cosas. Primero, que su RNC se certifique como emisor electrónico ante la DGII (un trámite de varias fases que tarda de 2 a 6 semanas). Segundo, emitir a través de un sistema válido: o un software de la lista oficial de proveedores de servicios de facturación electrónica autorizados por la DGII, o el Facturador Gratuito de la propia DGII.

Nosotros no estamos en esa lista ni tenemos por qué estarlo: no somos el software, somos quien le gestiona todo el proceso sobre un proveedor autorizado. Si quiere saber si el programa con el que factura hoy está autorizado, compruébelo aquí en un segundo.

El Facturador Gratuito de la DGII y sus límites

La DGII ofrece un Facturador Gratuito y no se lo vamos a ocultar: para un negocio que emite muy pocos comprobantes, puede ser suficiente. Sus límites reales: tope de 150 e-CF al mes, operación manual (usted digita cada comprobante) y sin soporte ni acompañamiento. Y el detalle que casi nadie cuenta: el Facturador Gratuito no le resuelve la certificación como emisor electrónico; ese trámite lo pelea usted igual. Tenemos un análisis honesto completo en Facturador Gratuito DGII: para quién sirve y cuándo se queda corto.

Qué pasa si no cumple

La Ley 32-23 prevé multas y sanciones para quien no cumpla, incluida la inactivación de comprobantes. No le vamos a poner aquí una cifra exacta porque las fuentes públicas no coinciden y preferimos no inventar números. Con lo que sí es seguro alcanza para tomárselo en serio: un comprobante emitido fuera del sistema pierde validez fiscal, y eso significa que su cliente no puede deducir el ITBIS de lo que usted le facture. Ese costo comercial llega mucho antes que cualquier multa: el cliente empresarial que no puede deducir, deja de comprarle.

Los 3 caminos

El error de esperar a octubre

El trámite de certificación tarda de 2 a 6 semanas por RNC y no depende solo de usted: los plazos de aprobación los pone la DGII. Si medio país deja el trámite para octubre, esas semanas se estiran. Por eso lo decimos claro: su fecha límite real es el 1 de octubre, no el 15 de noviembre. Quien empiece antes, cumple con calma; quien espere, hará fila.

Entonces, ¿qué hago?

Primero, sepa dónde está parado: ¿su RNC ya está certificado como emisor electrónico? ¿Con qué factura hoy y ese sistema está autorizado? Eso es exactamente lo que le decimos en la Radiografía gratis, sin compromiso. Y si quiere que se lo dejemos resuelto, cada comprobante se envía a la DGII al momento, a través de un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado por la DGII y usted sigue con su negocio.

Si prefiere estudiarlo con calma, descargue la Guía Facturación Electrónica DGII 2026 (gratis): qué hacer antes del 15 de noviembre, paso a paso.

Pedir mi Radiografía gratis →

Preguntas frecuentes

¿Ustedes están certificados por la DGII?

No, y se lo decimos claro. La certificación es del software de facturación, no nuestra. Lo que hacemos es gestionarle todo el proceso: cada comprobante se envía a la DGII al momento, a través de un proveedor de servicios de facturación electrónica autorizado por la DGII. Usted mantiene su RNC y su certificado digital; nosotros nos encargamos de que todo quede en regla.

¿Cuándo me toca exactamente?

Si su negocio es micro, pequeño o no clasificado, la fecha límite es el 15 de noviembre de 2026. Es la fecha vigente tras la prórroga concedida por la DGII en mayo de 2026 y podría modificarse de nuevo, pero no le conviene apostar a eso. Las empresas grandes y medianas ya están obligadas desde 2024-2025.

¿Qué pasa si no llego al 15 de noviembre?

La ley prevé multas y sanciones, incluida la inactivación de comprobantes. Y hay un costo que llega antes que cualquier multa: una factura emitida fuera del sistema pierde validez fiscal y su cliente no puede deducir el ITBIS. Además, certificarse como emisor electrónico tarda de 2 a 6 semanas, así que su fecha límite real es el 1 de octubre, no el 15 de noviembre.

¿Y el Facturador Gratuito de la DGII? ¿No me sirve con eso?

Puede servirle si emite muy pocos comprobantes: tiene un tope de 150 e-CF al mes, es manual y no incluye soporte ni acompañamiento. Usted lo opera y usted pelea la certificación. Nosotros existimos para lo contrario: se lo dejamos resuelto, con el proceso completo gestionado y alguien a quien preguntar.

Ver todas las preguntas →

¿Sabe ya en qué punto está su RNC?

Le decimos si ya cumple, qué le falta y cuánto tardaría, sin compromiso.